lunes, 27 de abril de 2015

LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS EMPRESAS (Y II)



Como indiqué en la primera parte de este artículo, la puesta en marcha del “modelo de organización y gestión” (también llamado de “organización y prevención” o de “prevención”) previsto en la Ley Orgánica 1/2015 va a suponer para las empresas, en especial para las de pequeñas dimensiones, es decir, para aquellas que están autorizadas a presentar cuentas de pérdidas y ganancias abreviadas (artículo 258 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital), la asunción de nuevas cargas administrativas en el desempeño de sus actividades. 



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